Resolución Expediente Acta Nº
Nº 094/020 0881-02-006-2016 11/2020
 
Referencia
CRITERIOS GENERALES PARA SANCIONES A DISTRIBUIDORES MAYORISTAS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
 
Resolución

 

VISTO: La conveniencia de disponer de criterios generales para la determinación de sanciones ante incumplimientos a la normativa vigente por parte de los distribuidores mayoristas de combustibles líquidos;

RESULTANDO: I) que los asesores técnicos y jurídicos de la Gerencia de Regulación, Gerencia de Fiscalización y Coordinación Legal, han formulado una propuesta de criterios generales a dichos efectos;

II) que dicha propuesta ha sido puesta en conocimiento de los representantes de las empresas distribuidoras, los que no presentaron consideraciones ni sugerencias; 

CONSIDERANDO: I) que esta Unidad Reguladora cuenta con un marco legal y reglamentario que la habilita a establecer obligaciones y aplicar sanciones con amplia discrecionalidad;

II) que se entendió pertinente establecer conceptos y valores que permitan su determinación y cálculo, teniendo en cuenta volumen de ventas, periodos de control y otros parámetros;

III) que los criterios propuestos se entienden de recibo, por lo que corresponde resolver en consecuencia; 

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el literal “i” del artículo 14 la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002 en la redacción dada por la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y concordantes y modificativas y en los Reglamentos de Especificaciones Técnicas de Calidad de Combustibles Líquidos (RETCCL) y de Contralor de Calidad Combustibles Líquidos (RCCCL) aprobados en la Resolución Nº 150/008 de 18 noviembre de 2008, y en las normas modificativas;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aprobar los criterios para establecer sanciones por infracciones a la normativa de control de calidad de combustibles líquidos, que se adjuntan en Anexo, cuyo texto se considera parte de esta Resolución.

2) Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en la Web institucional. Oportunamente archívese.

 

 
 
Archivos Adjuntos
ANEXO- Criterios de Sanciones Distribuidores combustibles líquidos.pdf
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 11/2020 de fecha 04/24/2020